El Tribunal Supremo ha dictado sentencia clarificando que las prestaciones por maternidad están exentas de IRPF. Esto supone que son muchas las mujeres que optan a recuperar el dinero retenido en concepto de Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y que aquellas que sean madres este año no tendrán que tributar por la prestación de maternidad en la próxima campaña de Hacienda en la primavera del 2019.
A partir de esta sentencia, se puede solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF de los años 2014, 2015, 2016 y 2018.
Para pedir la devolución de los ingresos indebidos con sus correspondientes intereses de demora puede hacerse a través de la web de la Agencia Tributaria en el caso de los años 2016 y 2017. Para los años anteriores hay que completar un escrito en la Agencia Tributaria denominado Solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de la prestación de maternidad.
En breve se espera que la Agencia Tributaria habilite un formulario específico para estas reclamaciones agilizando su tramitación y, por tanto, las devoluciones. En este documento la contribuyente tendrá que indicar los años en los que se ha recibido la prestación y el número de cuenta para realizar el abono.